Este concepto se usa en el contexto de la Economía y las finanzas públicas.
Constituyen derechos y son percibidos mental o intelectualmente.
Se clasifican en derechos reales, como aquellos que se tienen sobre una cosa sin que esté relacionada con una determinada persona y pueden ser ejercidos contra todos, tales como el dominio, Herencia, usufructo, prenda e Hipoteca; y, derechos personales, como aquellos que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o por disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas, tales como prestamista contra su Deudor (por el Dinero prestado); el hijo contra el padre (por los alimentos), derechos de los socios de una Sociedad, Acciones de una Sociedad Anónima (S.A.).
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