DONATIVOS, OBSEQUIOS O BENEFICIOS PROHIBIDOS

Término usado en el área del gobierno, Ingresos Tributarios y administración presupuestaria.

Aquellos Bienes, prestaciones, Servicios, descuentos, prebendas o similares que el servidor público acepta o solicita durante el desempeño de su Empleo, cargo, comisión o con motivo de éste, prohibidos por la ley.

La ley extiende esta prohibición al cónyuge del servidor, sus familiares y socios.