FONDOS DE INSOLVENCIAS

Término utilizado en finanzas, bancos, títulos y valores financieros.

Las entidades de Depósito tienen obligación de efectuar dotaciones sobre su cartera de Inversión crediticia en razón a la posibilidad de que se produzcan impagos de sus clientes en la devolución de los créditos.

Estas dotaciones suponen apuntes como pérdidas en la cuenta de pérdidas y Ganancias.

Se acumulan en el Pasivo como fondos de insolvencias y se aplican cuando tiene lugar el impago definitivo.

Hay que tener en cuenta que el riesgo de crédito, es decir, la posibilidad de que una Inversión resulte no recuperable, es el principal factor de riesgo en el negocio del sector financiero.

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