Concepto utilizado en el área bursátil, de títulos .
Son las dadas a una Sociedad o Agencia de Valores y Bolsa para la Compra o Venta de valores cotizados en Bolsa cualquiera que sea el medio utilizado para su comunicación. Las órdenes deberán ser claras y con un contenido perfectamente identificable, en donde se establezca
1) Identidad y código de identificación del ordenante;
2) Tipo de operación ordenada: compra o Venta;
3) Identificación de los valores comprados o vendidos;
4) Cantidad de valores;
5) Plazo de validez de la orden, que recogerá la fecha límite de validez cuando la orden sea para más de un día;
6) Entidad a la que se dirige la orden;
7) Forma de ejecución de la orden, cuyas modalidades más importantes ( véanse )son:
a) Por lo mejor,
) Con límite de cambio o precio,
c) A cambio alrededor o aproximado,
d) Órdenes ligadas y
e) Órdenes stop.