TRANSFERENCIAS PÚBLICAS

Este concepto se usa en el contexto de la Economía y las finanzas públicas.

Son las asignaciones que una entidad del sector público otorga a través de ayudas o Subsidios a otras entidades públicas o sectores sociales o privados. Se clasifican de la siguiente manera:

1. Según su obligatoriedad legal:

a) Aquellas que tienen obligación de llevar a cabo una entidad con base en normas jurídicas.

b) Aquellas para cuya realización no existe obligación legal, y cuya existencia depende de políticas economico-sociales.

2. Según sea su destino:

a) Corrientes: para necesidades de Consumo o para sufragar Gastos de operación.

b) De Capital: para la capitalización, o sea, para efectuar inversiones.

c) Para pago de Pasivo o pagos de deudas.

3. Según sea su institucionalidad:

a) Estatutarias: cuando se realizan para financiar actividades que en estricto sentido corresponden al Estado, pero que por Descentralización Administrativa las realizan otras entidades que pueden tener personalidad jurídica propia.

b) Transferencias no estatutarias: cuando se destinan a financiar otro tipo de actividades, tales como las de fomento económico. Son aquellas que otorga el Estado a unidades productoras de mercancías con la finalidad de fomentar determinadas actividades económicas; incluir en el nivel de Precios de ciertos artículos básicos o estratégicos; compensar pérdidas de operación que eventualmente registren las empresas públicas; o Bien para financiar los Gastos de adquisición de pasivos de estas mismas empresas. Se incluyen en este apartado, además, las Transferencias que reciben las instituciones sin fines de lucro que sirven a las empresas, tales como cámaras, instituciones de investigación científica, etcétera.

Consulta sección Economía