Este concepto se usa en el contexto de la Economía y las finanzas públicas.
Cualquier tipo de Dinero que las leyes consideren legítimo para el pago de las deudas a un Acreedor, e cual debe aceptarlo para la cancelación de la Deuda, salvo que el contrato entre las partes especifiquen que deba de utilizarse otro tipo de Dinero.
Recibe este nombre, el Dinero al que el Estado confiere poder liberatorio pleno o limitado (modeda fraccionaria).
La Moneda de pleno contenido, la moneda fraccionaria y los billetes de Banco constituyen, hoy, el Dinero legal de un país.
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